Residencia para personas mayores con dependencia Grados II o III
Persona 65+ con dependencia > Acceder a una residencia o apartamento tutelado
Estás consultando la ficha resumida. Aquí la información completa.
¿En qué consiste?
Centros destinados a servir de vivienda habitual a personas mayores con dependencia que no pueden permanecer en su entorno habitual (ficha 2.4.1). Se trata de residencias para personas que requieren mucho apoyo y que garantizan:
- la presencia permanente -24 horas al día- de personal cuidador;
- un servicio médico y de enfermería;
- el apoyo de un equipo multidisciplinar de profesionales para una atención integral.
Los centros residenciales ofrecen atención personal, acompañamiento social, intervención estimulativa o rehabilitadora, ocio y actividades educativo-culturales e intervención psicosocial. También incluyen servicio de restauración (desayuno, comida, merienda, cena), lavandería y limpieza. En cuanto a prestaciones de salud incorporan atención de enfermería, atención médica, rehabilitación y asistencia psicológica.
¿Para quién?
Personas de 65 años o más, con dependencia de grado II o III (I excepcionalmente).
También podrá acceder a la residencia la persona que conviviera habitualmente con ella (familiar o cónyuge).
¿Cuánto cuesta el servicio?
Servicio sujeto a copago, según la economía de la persona beneficiaria y la modalidad de uso del recurso.
¿Qué requisitos debo cumplir para solicitarlo?
Tener 65 años o más. Este límite de edad no se aplica a la persona de la familia que ingresa como acompañante.
Valoración de dependencia grado II o III (50 puntos o más en el BVD); requerir un apoyo de alta intensidad para realizar las actividades de la vida diaria.
Empadronamiento en algún municipio del Territorio Histórico en el que se realiza la solicitud.
¿Dónde puedo solicitar el servicio?
En los Servicios Sociales de Base de tu barrio, municipio o comarca.