Atención durante el día para descanso temporal de la persona cuidadora

Persona 65+ con dependencia > Acceder a un centro de día

Estás consultando la ficha completa. Aquí la información resumida.

¿En qué consiste este Servicio?

Se ofrece acceso temporal a centros o servicios de día para personas con dependencia (Grados I, II, III) que habitualmente son atendidas por personas cuidadoras familiares en su domicilio (ficha 2.5).

El objetivo es que la persona cuidadora disponga de un tiempo personal para el descanso, el ocio y para su autocuidado. La persona cuidadora también puede recurrir al servicio porque se encuentre en una situación que le impida temporalmente ejercer su función (está de baja, necesita salir de vacaciones…).

El servicio ofrecido es el propio del centro o servicio de día en el que se desarrolla la prestación de carácter temporal.

¿Quién puede recibir este servicio?

Personas cuidadoras principales y/o personas cuidadoras familiares de personas con dependencia (Grados I, II, III-Puntuación de 25 puntos o más en el Baremo de Valoración de Dependencia) que precisen de un respiro.

¿Qué requisitos concretos se deben cumplir para solicitar el Servicio?

  • Estar empadronadas la persona con dependencia (Grados I, II y III) y la persona cuidadora, en el mismo domicilio y en un municipio del Territorio Histórico que corresponda.
  • Permanecer empadronadas, la persona con dependencia y la persona cuidadora, en el mismo domicilio durante 12 meses e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
  • Cumplir los requisitos de acceso al servicio de atención diurna en que se vaya a desarrollar la estancia de respiro.
  • Acreditar la convivencia entre la persona cuidadora y la persona con dependencia; salvo que, excepcionalmente, se justifique la prestación de cuidados mediante informe de los Servicios Sociales Municipales.

¿Cuánto cuesta el servicio?

Servicio sujeto a copago, es decir, la persona usuaria paga parte del servicio en función de su situación económica y de la modalidad de uso.

¿A quién corresponde prestar este servicio?

La prestación del Servicio es responsabilidad de las Diputaciones Forales.

¿Dónde puedo solicitar el servicio?

En los Servicios Sociales de Base de tu barrio, municipio o comarca.

Si te interesa este servicio y quieres saber más, puedes hablar con las personas que trabajan en los Servicios Sociales. Te explicarán cómo funciona y cómo puedes beneficiarte de él.

Dinos tu municipio y te indicamos los lugares y datos de contacto a los que puedes dirigirte.