Vivienda tutelada para personas en riesgo de exclusión
Persona en situación de exclusión social > Servicio de alojamiento temporal o larga estancia
Estás consultando la ficha completa. Aquí la información resumida.
¿En qué consiste este Servicio?
La vivienda tutelada ofrece alojamiento, de carácter colectivo, de corta o media estancia a personas en situación de alto riesgo de exclusión (ficha 1.9.2).
Sus principales objetivos son que las personas usuarias transiten hacia una situación normalizada y que desarrollen las competencias personales, la autoestima, la confianza personal y las habilidades para desarrollar una vida autónoma. Se requiere a las personas usuarias un compromiso de realizar las acciones que se definan en su Plan de Atención Personalizada y, en su caso, en su programación individual.
Es un servicio con baja intensidad de apoyo que no cuenta con personal presente de forma permanente, pero sí cuenta con el apoyo de personal del Servicio Social Municipal para realizar funciones de: a) supervisión, de carácter presencial en la vivienda, b) mediación-intermediación, tutelaje y acompañamiento que podrán prestarse en la vivienda o en los servicios sociales municipales. También suelen incluir servicio de restauración y limpieza de la vivienda.
Se ubica preferentemente en un edificio ordinario de viviendas.
¿Quién puede recibir este servicio?
Personas de 18 años o más en situación de alto riesgo de exclusión.
A fin de mantener la unidad convivencial, también podrán acceder a este servicio:
- quien sea cónyuge o pareja de hecho con relación de convivencia habitual de la persona solicitante, salvo cuando esta última sea una mujer víctima de maltrato;
- las personas menores de edad que se encuentren a su cargo;
- las personas adultas que estén bajo su tutela o que, sin estarlo, se encuentren en riesgo o con dependencia y convivan habitualmente con la persona solicitante.
¿Qué requisitos concretos se deben cumplir para solicitar el Servicio?
- Tener 18 años o más.
- Permanecer empadronada/o durante 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud en cualquier municipio de la CAPV.
- Contar una valoración de la o del profesional de referencia, según la cual: a) se precisa una alternativa de alojamiento, de corta o media estancia, para poder realizar su proceso de inserción y en condiciones de habitabilidad; b) no cuenta con recursos económicos personales; c) y carece de apoyo socio-familiar.
- Comprometerse a realizar un itinerario de inclusión social y socio-laboral u ocupacional.
¿Cuánto cuesta el servicio?
Servicio gratuito.
¿A quién corresponde prestar este servicio?
La prestación del Servicio es responsabilidad de los Ayuntamientos.
¿Dónde puedo solicitar el servicio?
En los Servicios Sociales de Base de tu barrio, municipio o comarca.
Si te interesa este servicio y quieres saber más, puedes hablar con las personas que trabajan en los Servicios Sociales. Te explicarán cómo funciona y cómo puedes beneficiarte de él.
Dinos tu municipio y te indicamos los lugares y datos de contacto a los que puedes dirigirte.