Centro residencial para personas con discapacidad

Persona 18+ con discapacidad > Acceder a una residencia o vivienda con apoyo

Estás consultando la ficha completa. Aquí la información resumida.

¿En qué consiste este Servicio?

Centros residenciales destinados a servir de vivienda habitual a personas con discapacidad y con dependencia, que no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades en su domicilio personal o familiar (ficha 2.4.2).

Estas residencias garantizan un apoyo extenso e individualizado, que se adapta a las necesidades cambiantes de la persona. Para ello, cuenta con un equipo variado de profesionales para una atención integral orientada al bienestar físico, psicológico y social.

Los centros residenciales incluyen servicios de información, seguimiento, mediación, acompañamiento, atención personal, intervención estimulativa o rehabilitadora (intervención en funciones cognitivas; desarrollo de habilidades físicas y funcionales), intervención educativa y/o ocupacional, e intervención psicosocial (contención emocional, reducción del riesgo e intervención en funciones psicoafectivas).

También incluyen servicio de restauración (desayuno, comida, merienda, cena), lavandería y limpieza. En cuanto a prestaciones de salud, incluyen atención de enfermería, atención médica y rehabilitación.

¿Quién puede recibir este servicio?

Personas entre 18 y 64 años, con discapacidad con reconocimiento de dependencia.

¿Qué requisitos concretos se deben cumplir para solicitar el Servicio?

  • Entre 18 y 64 años. Excepcionalmente, podrán acceder personas menores de edad:
    • cuando sus necesidades o la gravedad de la situación sociofamiliar lo aconsejen;
    • en los supuestos de riesgo grave de desamparo, cuando en los centros de protección de menores no puedan garantizar la atención adecuada.
  • Empadronamiento en algún municipio del Territorio Histórico en el momento de presentar la solicitud.
  • Valoración de dependencia grado I, II o III
  • Reconocimiento de grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Requerir un apoyo intermitente, limitado, extenso o generalizado.

¿Cuánto cuesta el servicio?

Servicio sujeto a copago, es decir, la persona beneficiaria paga parte del servicio según si situación económica y la modalidad de uso del recurso.

¿A quién corresponde prestar este servicio?

La prestación del Servicio es responsabilidad de las Diputaciones Forales.

¿Dónde puedo solicitar el servicio?

En los Servicios Sociales de Base de tu barrio, municipio o comarca.

Si te interesa este servicio y quieres saber más, puedes hablar con las personas que trabajan en los Servicios Sociales. Te explicarán cómo funciona y cómo puedes beneficiarte de él.

Dinos tu municipio y te indicamos los lugares y datos de contacto a los que puedes dirigirte.

¿Qué normativa regula este servicio?