Pisos de emancipación
Menores en riesgo y familias > Atención a menores que no pueden vivir con sus familias de origen
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¿En qué consiste este Servicio?
Los pisos de emancipación proporcionan una alternativa de convivencia a las personas adolescentes que han sido separadas de sus familias por no poder responder adecuadamente a sus necesidades (ficha 2.4.4).
Los pisos de emancipación tienen como objetivo preparar para la vida independiente a las personas menores de edad en aquellos casos en los que no se ve posible su integración en una familia a la salida del piso o residencia tras su mayoría de edad.
En el centro se facilita la adquisición de habilidades personales y sociales para una vida autónoma, en un entorno de convivencia lo más similar posible a la vida autónoma ordinaria.
Los pisos de emancipación pueden funcionar en régimen de autogestión y cuentan con apoyo educativo, formativo y/o de orientación, que faciliten la integración posterior en la vida social y laboral. Pueden ofrecer servicio de restauración, de lavandería o de limpieza, aunque de manera restringida para facilitar la autonomía de cara a la posterior emancipación.
Suelen hallarse ubicados en viviendas ordinarias.
¿Quién puede recibir este servicio?
Personas menores de edad que se encuentran bajo la tutela de la administración.
Excepcionalmente, pueden ser usuarias, por un periodo máximo de 18 meses, más allá de la mayoría de edad.
¿Cuánto cuesta el servicio?
Servicio gratuito.
¿Qué requisitos concretos se deben cumplir para solicitar el Servicio?
- Ser menor de edad. Excepcionalmente, y previo acuerdo entre la persona atendida y la Diputación foral, podrán ser usuarias, en el marco de un programa de emancipación y por un periodo máximo de 18 meses las personas jóvenes que habiendo cumplido 18 años, residieran en un recurso de protección con anterioridad a su mayoría de edad.
- Ser objeto de una medida administrativa o judicial de acogimiento residencial, en el marco del ejercicio de la tutela o guarda por parte de la Diputación Foral.
- Encontrarse su padre, su madre o su tutor o tutora en la imposibilidad temporal de poderle cuidar, debido a circunstancias graves.
- Haber sido asignada la guarda del niño, niña o adolescente a la Diputación Foral correspondiente por decisión judicial.
¿A quién corresponde prestar este servicio?
La prestación del Servicio es responsabilidad de las Diputaciones Forales.
¿Dónde puedo informarme del servicio?
Puede acudir al Servicio Social de Base de tu barrio, municipio o comarca.
Si te interesa este servicio y quieres saber más, puedes hablar con las personas que trabajan en los Servicios Sociales. Te explicarán cómo funciona y cómo puedes beneficiarte de él.
Dinos tu municipio y te indicamos los lugares y datos de contacto a los que puedes dirigirte.