Alojamiento para situaciones de urgencia social

Conjunto de la ciudadanía > Atención inmediata a situaciones de crisis

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¿En qué consiste este Servicio?

Ofrece alojamiento a personas o familias que, por una situación de emergencia social, no pueden acceder a su vivienda. Los pisos suelen ubicarse en edificios ordinarios de viviendas.

Es un servicio de carácter temporal, hasta un periodo de 4 meses, prorrogables excepcionalmente por otro periodo de la misma duración. 

El recurso ofrece una baja intensidad de apoyo y no cuenta con personal propio en el piso, aunque en caso de necesidad se articulan los apoyos externos necesarios, incluyendo el apoyo del Servicio Social Municipal en labores de información, valoración y, en su caso, de acompañamiento social, mediación-intermediación o intervención socioeducativa y/o psicosocial.

¿Quién puede recibir este servicio?

Personas o familias que requieren temporalmente un alojamiento a consecuencia de una urgencia social.

¿Cuánto cuesta el servicio?

Servicio sujeto a copago en función de la situación económica de la persona.

¿Qué requisitos concretos se deben cumplir para solicitar el Servicio?

No se requieren más requisitos que la prescripción técnica de emergencia social.

¿A quién corresponde prestar este servicio?

La prestación del Servicio es responsabilidad de los Ayuntamientos.

¿Dónde puedo solicitar el servicio?

Acuda a los a los Servicios de Urgencias Sociales o al Servicio Social de tu barrio o municipio.

Si te interesa este servicio o quieres saber más, puedes hablar con las personas que trabajan en los Servicios Sociales. Te explicarán cómo funciona y cómo puedes beneficiarte de esta ayuda.

Dinos tu municipio y te indicamos los lugares y datos de contacto a los que puedes dirigirte.

¿Qué normativa regula este servicio?