Servicio de atención diurna para personas mayores con dependencia Grado I

Persona 65+ con dependencia > Acceder a un centro de día

Estás consultando la ficha completa. Aquí la información resumida.

¿En qué consiste este Servicio?

Recurso de baja intensidad al que la persona mayor puede acudir durante el día con el fin de ayudarle a mantener su autonomía, la permanencia en su entorno de vida habitual y su socialización, compensando en su caso situaciones de aislamiento (ficha 1.7).

Los centros de día están dirigidos principalmente a personas mayores que viven con su familia.

En el servicio de atención diurna se ofrece a persona mayor usuaria información, actividades de estimulación para las actividades de la vida diaria, oportunidades de ocio o culturales y acompañamiento social, de baja intensidad. También puede incluir transporte adaptado, servicios de manutención y de higiene personal

El uso del servicio puede ser temporal o permanente. La variante de servicio de respiro para personas cuidadoras se concreta en el acceso temporal por parte de la persona con dependencia o en el refuerzo temporal de la intensidad ofrecida.

¿Quién puede recibir este servicio?

Personas de 65 años o más, en riesgo de dependencia o con dependencia en Grado I, que hayan obtenido una puntuación entre 23 y 49 puntos en el baremo de valoración de dependencia (BVD). Es decir, personas que necesitan apoyo para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tienen necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.

Grado I - Dependencia moderada

Cuando la persona necesita apoyo para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal. Puntuación de 25 a 49 en el baremo de valoración de dependencia (BVD).

Grado II - Dependencia severa

Cuando la persona necesita apoyo para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un/a cuidador/a o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal. Puntuación de 50 a 74 en el baremo de valoración de dependencia (BVD).

Grado III - Gran dependencia

Cuando la persona necesita apoyo para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal. Puntuación de 75 a 100 en el baremo de valoración de dependencia (BVD).

¿Qué requisitos concretos se deben cumplir para solicitar el Servicio?

  • Tener 65 años o más
  • Encontrarse en riesgo o con dependencia moderada o Grado I (haber obtenido una puntuación en el BVD de entre 23 y 49).
  • Necesitar apoyo de baja intensidad.
  • No padecer trastornos de conducta y/o presentar comportamientos que puedan perturbar gravemente el funcionamiento del servicio o la normal convivencia en el mismo o que supongan riesgo para la propia persona, para otras personas usuarias o para las y los profesionales.
  • No precisar una asistencia sanitaria especializada y/o permanente fuera del alcance y posibilidades de las dotaciones propias del servicio.

¿Cuánto cuesta el servicio?

Servicio sujeto a copago, es decir, la persona usuaria paga parte del servicio dependiendo de su situación económica y de la modalidad de uso del servicio.

¿A quién corresponde prestar este servicio?

La prestación del Servicio es responsabilidad de los Ayuntamientos.

¿Dónde puedo solicitar el servicio?

En los Servicios Sociales de Base de tu barrio, municipio o comarca.

Si te interesa este servicio y quieres saber más, puedes hablar con las personas que trabajan en los Servicios Sociales. Te explicarán cómo funciona y cómo puedes beneficiarte de él.

Dinos tu municipio y te indicamos los lugares y datos de contacto a los que puedes dirigirte.

¿Qué normativa regula este servicio?